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Escenarios

​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​ Escenarios
ESCENARIOS
Los escenarios para espectáculos públicos de las artes escénicas son aquellos lugares de reunión en los cuales circulan y se presentan este tipo de eventos y que tienen un carácter de escenario abierto al público. La Ley 1493 de 2011 define dos categorías de escenarios:

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Listado de escenarios

Consulte a continuación el listado de escenarios en Colombia >aquí ​​​​​

 

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La Ley de espectáculos públicos -LEP- otorga un incentivo fiscal, consistente en una deducción del 100% en el impuesto sobre la renta,por las inversiones que se realicen en infraestructura de las artes escénicas, con el ánimo de favorecer y estimularla inversión privada en este tipo de escenarios, previa calificación del proyecto por el Comité de Inversión en Infraestructura para Espectáculos Públicos de las Artes Escénicas –CIEPA del Ministerio de Cultura.

 

La organización cultural responsable deberá presentar un proyecto de inversión en infraestructura de escenarios para la presentación y realización de espectáculos públicos de las artes escénicas ante el CIEPA, en los formatos previstos para el efecto por el Grupo de Infraestructura Cultural del Ministerio de Cultura. Al finalizar esta sección se encuentran los formatos necesarios.

 

Cuando el proyecto reúna las condiciones señaladas, el Comité CIEPA lo calificará como un proyecto de infraestructura de escenarios para la realización de espectáculos públicos de las artes escénicas que da derecho a la deducción por inversiones establecida en la Ley 1493 de 2011.

Descargue aquí los formatos​​​​​​

Pago de la contribución parafiscal cultural​​​​​​

  • 1​4

     Electrónico. Pagar la contribución parafiscal de espectáculos públicos de las artes escénicas a través del enlace disponible en el servicio informático electrónico de la DIAN que direcciona a la plataforma del Ministerio de Cultura, en la cual está el botón de pagos PSE.
                       ​​
  • 1​5

    Presencial. Se deben imprimir y llevar dos copias del Formulario 480, realizando el pago de la contribución parafiscal ante cualquier sucursal del Banco BBVA, en las fechas establecidas en los parágrafos 1 y 2 del artículo 2.9.2.1.4 del Decreto 1080 de 2015.</p>
                      ​

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